R T M Preguntas Frecuentes

Estás son los interrogantes que más realizan los usuarios sobre la Revisión Técnico mecánica la Revisión Técnico mecánica

  • Cuando se realiza la primera RTM?
  • Todos los vehículos particulares nuevos deberán hacer su primera revisión técnico mecánica a partir del sexto año de uso, contado a partir de la fecha de matrícula. Esto incluye los vehículos matriculados desde el 10 de enero de 2006 en adelante

  • Quienes están obligados a realizar la RTM?
  • La revisión es para todos los vehículos que circulan en el país. ASO-CDA señaló que la normatividad vigente del decreto-ley 019 de 2012 ordena la revisión de la siguiente manera:

    SERVICIO PÚBLICO Y MOTOCICLETAS: La primera revisión se efectúa cuando el vehículo cumple dos (2) años de su matrícula en el Registro Nacional Automotor. Posteriormente, la revisión debe hacerse cada año, con anterioridad a la fecha de vencimiento del certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.

    SERVICIO PARTICULAR: La primera revisión se efectúa cuando el vehículo cumple seis (6) años de su matrícula en el Registro Nacional Automotor. Posteriormente, la revisión debe hacerse cada año, con anterioridad a la fecha de vencimiento del certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.

  • Cuando se vence la RTM
  • El usuario cuenta seis años a partir de la matrícula del automotor pasado este número de años el usuario debe empezar a hacer la RTM a su vehículo periodicamente cada año.

  • En donde se realiza el trámite de la RTM?

    Sólo se puede hacer la revisión en un Centro de Diagnóstico Automotor autorizado en Colombia. Todo CDA debe estar acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC, habilitado por el Ministerio de Transporte y tener conectividad con el RUNT. Para consultar los CDA asociados a ASO-CDA puede seguir el enlace http://www.aso-cda.org/